En condiciones de ser ley proyecto que faculta a Bomberos inspeccionar condiciones de seguridad de las edificaciones.

La Cámara de Diputados aprobó, por 96 votos, las enmiendas del Senado al proyecto que introduce modificaciones en el decreto con fuerza de ley N° 458, de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones, que faculta a los Cuerpos de Bomberos a revisar permanentemente las condiciones de seguridad de las edificaciones.
Esta nueva ley se originó en una moción de los diputados Jorge Ulloa, Sergio Correa y Patricio Melero, del senador Víctor Pérez y de los ex parlamentarios Eliana Caraball, Ramón Elizalde, Cristián Leay, Gutenberg Martínez, Ramón Pérez y Carlos Valcarce.
En la actualidad y a la luz de la legislación vigente en la materia, especialmente aquella contenida en la Ley General de Urbanismo y Construcción, en la Ordenanza General de Urbanismo y construcción y en otros cuerpos legales y reglamentarios, los Cuerpos de Bomberos carecen de facultades para efectuar inspecciones con el objetivo de verificar la existencia y correcto funcionamiento de las medidas de seguridad y protección contra incendios e instalaciones de emergencia en edificaciones, equipamientos y actividades productivas, salvo que ello se efectúe por expresa petición de la Dirección de Obras Municipales, del propietario del inmueble o se concurra en compañía de Inspectores de la Dirección de Obras Municipales.
El texto legal, que quedó en condiciones de convertirse en ley (sólo falta su promulgación por parte de la Presidenta de la República y su publicación en el Diario Oficial), permite a los bomberos revisar permanentemente las condiciones de seguridad de las edificaciones, desde el momento de su ejecución, y para verificar el funcionamiento de las instalaciones de emergencia de los edificios, debiendo dejar constancia de sus observaciones en el libro de obras. Para ello, los voluntarios tendrán libre acceso a las obras.
Asimismo, se permite que los Cuerpos de Bomberos, después de recibidas las obras, puedan inspeccionar las condiciones generales de seguridad, en especial aquellas contra incendio y las instalaciones de emergencia de los edificios. Si constatan que no se cumplen las condiciones de seguridad previstas, podrán dar cuenta por escrito al Director de Obras Municipales a fin de que aplique las multas y efectúe las denuncias ante el juzgado competente.
Conjuntamente con la recepción definitiva de edificaciones con una carga ocupacional igual o superior a 100 personas, destinada a edificaciones colectivas, se debe acompañar copia del plan de evacuación entregado al Cuerpo de Bomberos respectivo, el que deberá indicar diversas medidas respecto de las condiciones generales de seguridad y del funcionamiento de las instalaciones de emergencia, con la indicación precisa de la ubicación de grifos, red seca, red húmeda y otros antecedentes útiles de conocer en caso de emergencia.
Hay que aclarar que esta ley no tiene relación con las certificaciones que realizan en la actualidad algunos Cuerpos de Bomberos por encargo de las respectivas direcciones de obras, servicio que generalmente es remunerado.

Reconocimiento a Bomberos
La Academia Nacional de Bomberos de Chile dictará los cursos a través de los cuales se les entregaran los conocimientos necesarios en la materia para habilitar Inspectores Técnicos de los Cuerpos de Bomberos.
El Presidente Nacional de Bomberos de Chile, Miguel Reyes, manifestó su satisfacción al tomar conocimiento de la aprobación de esta ley, señalando que es un hecho relevante a través del cual se reconocen las competencias de Bomberos para cumplir con las labores de prevención y evitar de esta forma posibles desastres.
Cabe recordar que en pleno proceso de tramitación de la ley, el Presidente Nacional de Bomberos, fue invitado por la Comisión de Vivienda del Senado, ocasión en que dio a conocer la opinión de Bomberos respecto al proyecto, señalando que “desde hace muchos años los Cuerpos de Bomberos han manifestado su preocupación por la falta o escasa fiscalización de las medidas de seguridad y protección contra incendios por el hecho de no contar de manera oportuna con la información necesaria de las edificaciones a lo que concurre bomberos en caso de emergencia”.

5 comentarios:

C. Salas C. dijo...

Me parece que es interesante esta nueva facultad, pero ojo, ya pasó con la reforma procesal penal que la recarga de trabajo y de uso de recursos aumentó con la aplicación de esta y nada de asignación de recursos para este concepto, con esto pasará lo mismo, mas pega para los Bomberos y nada de ingresos extras que permitan afrontarlos. Si piensan cada nueva construcción requerirá HH (Horas Hombre) para efectuar la fiscalización y además de medios como carros bombas y demases. Es bueno enfrentar los nuevos desafíos, pero ademas son necesarias las armas y medios para afrontarlos.

Unknown dijo...

Toda la razon Carlos, es una medida interesante y que se necesitaba, pero lo veo como más pega por el mismo "sueldo", entendiendo suelto como los recuros que se invertirán en capacitación, herramientas para fiscalizar, horas de máquina, horas de hombre, y ni un pesito extra para esto....ojalá con el tiempo se vislumbre la necesidad de cubrir este deficit, pero igualmente es valorable como Bomberos igualmente afrontará esta nueva labor, no le hacemos el quite...notable!!!

Francisco Solari dijo...

Hola Amigos
Si bien una eventual fiscalización a nuevas y antiguas construcciones demandará de tiempo y profesionales del area a los Cuerpos de Bomberos, creo que los costos de dichas tareas deberán ser asumidos por la parte que necesite del servicio, al igual que lo hacen las entidades certificadores del SEC o del SESMA, que cobran por cada inspeccíon y certificación y por cada una de las renovaciones. Las empresas constructoras, con esta ley, deberán considerar esta certificacion de Bomberos y su costo asociado. Creo que es la forma de "cubrir" este gasto, y es una tremenda oportunidad para los Cuerpos de Bomberos de tener una mayor presencia en la comunidad aportando directamente a la prevencion de siniestros y al cuidado de las personas.

Un gran saludo a los amigos de la Cuarta. Bien por el blog, siempre lo reviso y me mantengo al dia de lo que pasa en Coyhaique.

Nota: Me llama la atención la gran cantidad de 6.16 que hay. Alomejor hay algun problema que revisar en la Central. Solo opino.

Francisco Solari Obrador
Voluntario

2da. Bomba España
Coyhaique.

11ª Cia "Pompa Italia"
C.B. Santiago.

Unknown dijo...

Igual tiene sentido lo que planteas Francisco, pero no sé si el texto de la ley dice que serán las empresas quienes deban cubrir los gastos derivados, conociendo a nuestros parlamentarios, lo más problable es que no se les haya ocurrido incluir en la ley esto que tu mencionas y como sabes, en nuestro Chile querido, si no está obligado por ley, sencillamente no se hace.
Gracias por tus buenas vibras Francisco, un abrazo a la distancia.

Unknown dijo...

con respecto a las falsas alarmas, sin duda que hay mucho que revisar en cuanto a los procedimientos, ultimamente estoy escuchando muchas voces nuevas en la central y al parecer estos nuevos colaboradores no están recibiendo la instrucción adecuada.