Ministerio de Hacienda rebaja presupuesto a Bomberos

A fin de que se tomen los resguardos de orden financiero que sean pertinentes para administrar racionalmente los fondos asignados a las Regiones en el Ítem de Ayudas Extraordinarias, estimamos de vital importancia poner en su conocimiento que con fecha 11 de junio se ha recibido el Ord. Nº 12612 de la Superintendencia de Valores y Seguros, mediante el cual se comunica a esta Junta Nacional que el Ministerio de Hacienda, mediante el Decreto Nº 450, modificó el presupuesto vigente del sector público, afectando a Bomberos en el Ítem 24-01-002 “Ayuda Extraordinaria, Reparaciones y Mantenciones de Cuerpos de Bomberos”, producto de lo cual rebaja la subvención establecida en la Ley de Presupuesto de la Nación para el año 2009 en la suma de $231.462.000, con lo cual la partida original que ascendía a la suma de $1.289.508.000, queda reducida solamente a $1.058.046.000.-

2. Con el objetivo de no afectar los fondos asignados a cada Región, el Consejo Ejecutivo acordó aplicar la rebaja mencionada al 20 % asignado originalmente como “Fondo de Emergencia” ($257.901.600) quedando este fondo finalmente reducido a la suma de $26.439.600.

3. Esta rebaja de $231.462.000 que nos sorprende a esta alturas de año, nos obliga a advertir a los Consejo Regionales a fin de que adopten las providencias necesarias para actuar con prudencia en la priorización y asignación de las Ayudas Extraordinarias, privilegiando las reparaciones, tanto de Material Mayor como de Cuarteles por sobre las adquisiciones; mientras tanto la Junta Nacional está haciendo todos los esfuerzos por conseguir que el Ministerio de Hacienda deje sin efecto dicho Decreto.

4. Al efecto, se ha enviado carta al Ministro de Hacienda, representándole el desmedro que la rebaja presupuestaria provoca a los Cuerpos de Bomberos, lo que inevitablemente afectará el normal servicio a la comunidad. Del mismo modo, con idéntico propósito, hemos hecho presente esta situación a la Comisión Especial de Bomberos de la Cámara de Diputados y al Ministro del Interior a fin de que a través de sus altas funciones consigan que se deje sin efecto esta resolución.

5. Con el propósito de que puedan informarse de la fuente directa, incluimos en un link el Ord. Nº 12612 de la Superintendencia de Valores y Seguros y el respectivo Decreto Nº 450 del Ministerio de Hacienda y la carta PR09/219 de fecha 12 de junio de 2009 que hemos enviado al Ministro de Hacienda.

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