Bomberos de Chile ganó recurso presentado por las Compañías de Seguro ante el Tribunal Constitucional.

El Tribunal Constitucional dio a conocer hoy, por ocho votos contra uno, su RECHAZO al requerimiento presentado por catorce compañías de seguros para que se declarara la inconstitucionalidad de los artículos 3º y 4º del Decreto Ley Nº 1.757, cuerpo legal que cubre los beneficios a bomberos accidentados en actos de servicio.
De esta manera, los Bomberos de Chile podrán seguir haciendo uso de un derecho que se les concedió mediante ley en 1941.
El Tribunal Constitucional estuvo integrado en la vista de la causa por Marcelo Venegas, Juan Colombo, José Luis Cea , Raúl Bertelsen, Hernán Vodanovic, Mario Fernández, Enrique Navarro, Francisco Fernández y Carlos Carmona.
El Presidente Nacional de Bomberos de Chile, Miguel Reyes, dio a conocer la noticia en conferencia de prensa, donde estuvo acompañado del Vicepresidente Nacional, Raúl Morales, el Secretario Nacional, José Echiburú; el Tesorero Nacional, José Matute; el Asesor Jurídico, Fernando Recio y el abogado que representó a bomberos en los alegatos ante el Tribunal Constitucional, Juan Agustín Figueroa.
El Presidente Nacional de Bomberos de Chile se manifestó satisfecho por la solidez de los argumentos planteados por los abogados que representaron a la Superintendencia de Valores y Seguros, al Consejo de Defensa del Estado y a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, indicando que la pretensión de las compañías de seguros de privar del financiamiento a los bomberos accidentados habría significado dejar sin protección a 36 mil bomberos de todo el país. Ante este requerimiento nuestra institución obtuvo el respaldo unánime de la comunidad nacional.
Asimismo, la máxima autoridad bomberil destacó y agradeció el respaldo mostrado desde el primer momento por el apoyo transversal de la Cámara de Diputados, principalmente de la Comisión Especial de Bomberos y la Bancada del Partido Radical, de los senadores de la República, la Superintendencia de Valores y Seguros y el Consejo de Defensa del Estado.
Miguel Reyes puntualizó que “nosotros teníamos los puntos de vistas de hecho y las razones de derecho y eso, es sin lugar a dudas, fundado en la argumentación jurídica de todas las partes que respaldaron la posición de bomberos llevaron a la convicción a los miembros del Tribunal Constitucional a adoptar esta decisión por una abrumadora mayoría”.
“Quiero aprovechar de informar a todos los bomberos del país que lo que señalamos desde un comienzo se dio, que la razón primó sobre mezquinos intereses económicos que en definitiva nos traen calma, tranquilidad, que fue justamente la característica que pedimos que los bomberos mantuvieran desde el primer momento. No quisimos ni manifestaciones ni protestas, los bomberos somos personas de la comunidad que estamos organizados para servir a la población frente a cualquier emergencia y aún pendiendo sobre nuestro cuello, durante casi diez meses, la amenaza de que el fallo pudiera ser en contra el trabajo fue irrestricto, dedicada y muy profesional de todos los Cuerpos de Bomberos a lo largo de todo el país”, indicó el Presidente Nacional de Bomberos.
El abogado Juan Agustín Figueroa señaló que "las compañías de seguros pretendían que el decreto respectivo, que tenía de base a un dictamen de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), era en definitiva inconstitucional y no le podía aplicar en la causa que ellos habían provocado un reclamo de legalidad en contra de la SVS. Todo eso enderezado a privar a Bomberos de Chile de un recurso fundamental como era la contribución de las compañías de seguros de incendio, que participan de un porcentaje de sus primas de incendio a un fondo, con el objeto de frente a los siniestros que sufren los bomberos en accidentes de su actividad y eventualmente también a sus familias.
El hecho de que el Tribunal Constitucional se haya demorado lo que se demoró, se refleja en lo voluminosa que es la sentencia, que tiene cerca de 150 páginas, y donde examina exhaustivamente la tesis que nosotros sustentamos y que por una abrumadora mayoría de ocho votos contra uno fue desestimada la pretensión de las compañías.
Esto naturalmente trae tranquilidad a bomberos y a la sociedad en general. Por otro lado, uno de los argumentos que nosotros dimos es que el quehacer de las Compañías de Bomberos favorece directamente a las compañías de seguros en la medida que combaten precisamente los siniestros donde ellos tienen comprometida las respectivas indemnizaciones, de suerte que si no existiera o hubiera un desinterés de participar parte de los bomberos en esta actividad, naturalmente subirían sustancialmente los riesgos de la compañía y era lógico que ellos contribuyeran con este beneficio a este fondo común”, precisó el abogado.

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